La Cámara de Senadores aprobó a mitad de semana el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo Nacional, que establece una reforma del Código Electoral, con la finalidad de adelantar por única vez la fecha de elecciones de renovación parlamentaria, para que sea el 28 de junio y no en octubre como establecía la norma precedente. Considerando la inseguridad jurídica de la Argentina, derivando en una incertidumbre que afecta vastos ámbitos de la sociedad, no solo económicos sino, como se ve en esta ocasión, políticos, no sería desacertado pensar en la hipótesis que esta reforma del Código Electoral en algún momento pueda ser considerada como jurisprudencia para proceder del mismo modo con otros asuntos.
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Mario Casabona Guerra
Estudiante de Ciencia Política
28/3/09
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1 comentario:
Hola Mario:
Es primera vez que leo una nota de tu autoría publicado por ti. ¡Felicitaciones!
Creo que adelantar las elecciones es un mal precedente constitucional, por cuanto si vuestra carta magna da a entender en qué período deben desarrollarse elecciones, no entiendo cual es el motivo de cambiarlo tan abruptamente, más si el parlamento (Cámara de Diputados y Senadores) no se ha pronunciado tampoco, en el entendido de que sí es una propuesta del Poder Ejecutivo, debe ser visado o rechazado por este órgano contralor.
Como ejemplo, este año en Chile tenemos elecciones presidenciales fijadas para el viernes 11 de diciembre, y surgió la propuesta de adelantar las elecciones un mes. La constitución política indica que el nuevo jefe de estado debe asumir como tal 90 días después de celebrarse las elecciones ¿Qué hacemos? Nada más veremos el desenlace de esta situación una vez que sea puesto en tabla de discusión en el Parlamento.
Atentamente,
Mauricio Punoñanco
Pedagogía Historia UMAG
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